Las viviendas de F-54-2 adjudicadas
Pues si, a falta de una informacion clara, las viviendas en propiedad por 75 años ya han sido adjudicadas:
Parcela patrimonial de propiedad municipal R-1 de las resultantes del Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención F-54-2 de Zaragoza
El Gobierno de Zaragoza en sesión de fecha 31 de enero de 2019 resolvió lo siguiente:
PRIMERO.- Declarar válida la licitación pública para la adjudicación a la oferta económica más ventajosa con varios criterios de adjudicación, en orden a la transmisión onerosa mediante constitución del derecho de superficie de la parcela patrimonial de propiedad municipal R-1 de las resultantes del Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención F-54-2 de Zaragoza, con objeto de destinarla a la construcción de 64 viviendas protegidas de Aragón, Régimen General, en favor de Cooperativas de Viviendas y entidades sin ánimo de lucro, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 107.1.b), 108 y 113 del Decreto Legislativo 1/ 2.014, de 8 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, cumplimentando el destino previsto en los arts. 105.1 y 2 a) de dicho cuerpo legal.
SEGUNDO.- Adjudicar a la Sociedad Cooperativa Aragonesa Oroel 2008, a propuesta de la Mesa de Contratación celebrada en fecha 18 de diciembre de 2.018, la parcela municipal objeto de la presente licitación pública, que a continuación se describen:
PARCELA R-1 de las resultantes del Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención F-54-2.
DESCRIPCIÓN: «Urbana. Terreno edificable de forma trapezoidal, finca resultante R-1 del Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención F-54-2 del P.G.O.U. de Zaragoza, con una superficie de dos mil novecientos veintinueve metros y cincuenta y nueve decímetros cuadrados (2.929,54.-m2.). Linda: Norte, con vial publico de nueva creación, finca resultante VP-1 del Proyecto de Reparcelación; al Sur, con vial publico de nueva creación, finca resultante VP-2 para ampliación lateral de la Avda. de Cataluña; al Este, con vial público de nueva creación, finca resultante VP-1 y mediante éste con la finca registral 18.497 que constituye la Comunidad de Propietarios de Avda. Cataluña 227-233 exterior al Area; y al Oeste, con vial público de nueva creación, finca resultante VP-1″
TÍTULO: Pertenece en pleno dominio al Ayuntamiento de Zaragoza como consecuencia de la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención en Suelo Urbano F-54-2 (Avda. Cataluña), que tuvo lugar mediante acuerdo municipal de 20 de Noviembre de 2009 , como cesión obligatoria y gratuita de acuerdo con la legislación Urbanística Aragonesa.
INSCRIPCIÓN REGISTRAL: Se encuentra inscrita en el correspondiente Registro de la Propiedad, al tomo 3100, folio 80, finca registral 70.076 e inventariada como bien patrimonial con el número 3869-1 en el Inventario General de Bienes de la Corporación.
CARGAS Y GRAVÁMENES: Se encuentra libre de cargas y gravámenes.
APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO: Le corresponde una edificabilidad máxima de 7.514,65.-m2., de uso residencial colectiva, con un número máximo de plantas de baja mas 7 alzadas y una ocupación máxima en planta baja de 1.506.-m2. Número máximo de viviendas: 64 viviendas de protección aragonesa de régimen general.
PRECIO DE CONSTITUCION DEL DERECHO DE SUPERFICIE.- El precio de constitución del derecho de superficie de la parcela R-1 de las resultantes del Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención F-54-2, asciende a UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS Y SETENTA Y OCHO CENTIMOS (1.675.269,78 euros), de acuerdo con el informe emitido por la Unidad de Proyectos y Valoraciones II de fecha 25 de junio de 2018.TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en las Cláusulas segunda, tercera y duodécima de las Bases técnico-administrativas que rigen la constitución del derecho de superficie objeto de licitación pública, el precio del contrato se satisfará al Ayuntamiento de Zaragoza, en especie, mediante la cesión de uso de la propiedad superficiaria sobre un total de 5 viviendas construidas de 90.-m2. de superficie útil, con sus correspondientes garaje y trastero vinculados y que se localizarán en la propia parcela R-1, según las dimensiones y características de las viviendas en los términos que derivan de la oferta presentada por el adjudicatario que le vincula.
CUARTO.- El presente acuerdo, que se publicará en la web municipal, habrá de formalizarse en escritura pública de constitución de derecho de superficie en la fecha que señalará el Ayuntamiento de Zaragoza, previo requerimiento efectuado por el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, una vez que haya quedado acreditado por parte del adjudicatario del contrato, el abono de la totalidad del precio del contrato más el I.V.A. correspondiente, asi como la aprobación definitiva del Texto Refundido del Proyecto de Urbanización del Area de Intervención F-54-2.
Sin perjuicio de ello, con anterioridad a dicha fecha, el adjudicatario del contrato deberá constituir garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de adjudicación del contrato y abonar las tasas correspondientes por anuncios, entregando justificantes ante el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, todo ello en los plazos establecidos en el propio Pliego.QUINTO.- La sociedad cooperativa adjudicataria del contrato, asume el contenido íntegro de las Bases técnico-administrativas que ha regido la enajenación de la parcela mediante licitación pública, así como el conjunto de derechos y obligaciones dimanantes del mismo y de la oferta presentada.
Asimismo, la entidad adjudicataria queda obligada al cumplimiento de las mejoras incluidas en la propuesta presentada en su oferta, que serán garantizadas mediante su inclusión en la escritura pública de constitución de derecho de superficie así como al cumplimiento de las características, tipologías constructivas y calidades previstas para las viviendas que se construirán en la parcela R-1.SEXTO.- Dar cuenta del presente acuerdo, para su conocimiento y efectos a la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el art. 121 del Decreto 347/2002, de 19 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamente de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón.
SEPTIMO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Sostenibilidad, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.
Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO POSTESTATIVO DE REPOSICION EN EL PLAZO DE UN MES DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA RECEPCION DE ESTA NOTIFICACION O DIRECTAMENTE RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de DOS MESES, , todo ello según lo previsto en los Reguladora de las Bases de Régimen Local y Arts. 114 y concordantes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 39/2.015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
I.C. De Zaragoza, 12 de febrero de 2019
EL TITULAR DEL ORGANO DE APOYO AL GOBIERNO DE ZARAGOZA P.D. DE FECHA 23 DE AGOSTO DE 2017, EL DIRECTOR DE ESTUDOS Y PROGRAMAS DE SUELO Y VIVIENDA, Fdo.:Pedro Marín Ballabriga
Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 18/02/2019
Fuente: Ayuntamiento
Ahora habría que mirar en el pliego… los tiempos para iniciar la promocion, obras, etc… una buena noticia que llega algo tarde, pero que sin duda ayudara a mejorar la situación de la avenida, esperemos que sin mas contratiempos, ese nuevo edificio se construya.
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